Artículo 1º: Asociación deportiva.
Artículo 2º: Indefinido.
Artículo 3º: Actividades de fútbol, baloncesto y voley.
Artículo 4º: Clases y cursillos para niños, mayores y discapacitados, además de entrenamientos personales.
Artículo 5º: Bizkaia, Bilbao, calle Autonomía, Nº 17.
Artículo 7º: Presidente, vicepresidente, secretario y vocales.
Artículo 9º: Una vez al mes.
Artículo 10º:
-Mediador de conflictos.
-Encargado de la gestión económica.
Artículo 11º:
-Representar a la asociación en actos públicos.
-Presidir y dirigir las reuniones a las que asista.
-Convocar la Asamblea General.
-Elegir los vocales.
-Deshacer un empate en las votaciones.
Artículo 12º:
-Facultades que se le deleguen.
-Sustituir al presidente en su ausencia.
Artículo 13º:
-Redactar las actas.
-Colaborar con el presidente en la Asamblea.
Artículo 14º:
-Responsabilidad del área económica.
-Responsable de los documentos económicos.
-Realizar el seguimiento del presupuesto.
Artículo 15º:
-Los portavoces de los socios.
-Votar.
Artículo 16:
-Por votación de los integrantes de la Junta Directiva.
Artículo 17º: Órgano donde reside la soberanía de la Asociación y está compuesta por todos los socios.
Artículo 18º: Se reunirá una vez al año con carácter ordinario, para probar las cuentas del año que termina y el presupuesto del año que empieza. Para modificar los estatutos la convocatoria sera de carácter extraordinario.
Artículo 20º: Sera necesaria la mayoría cualificada en los casos:
-Acuerdos relativos a disolución de la asociación.
-Modificación de los Estatutos.
-Enajenación de bienes.
-Remuneración de los miembros del órgano.
Artículo 21º:
-Asuntos del orden del día.
-Discutir, aprobar o modificar el informe de los administradores.
-Nombrar el administrador o consejo de administradores.
Artículo 22º:
-Fusión con otra sociedad.
-Disolución anticipada de la sociedad.
-Prorrogar la duración de la sociedad.
-Transformación de la sociedad.
-Aumento o reducción del capital social.
Artículo 23º: Los socios son todas aquellas personas que forman parte de una asociación, y que están registrados como integrantes de la misma.
Artículo 24º:
-Socios ordinarios.
-Socios fundadores.
-Socios honorarios.
-Socios protectores.
-Socios colaboradores.
-Socios usuarios.
Artículo 25º:
-A petición propia.
-Por no pagar una cuota.
-Por fallecimiento.
-Por incumplimiento de los Estatutos.
Artículo 26º:
-Tomar parte en la Asamblea General.
-Elegir y ser elegido para cargos directivos.
-Proponer sugerencias.
-Disfrutar de los derechos como miembros de la asociación.
Artículo 27º:
-Participar en las actividades de la asociación.
-Asistir a la Asamblea General.
-Satisfacer las cuotas.
-Desempeñar los cargos para los que se es elegido.
Artículo 29º:
-Las cuotas de los socios.
-Aportaciones voluntarias.
-Ingresos del patrimonio.
-Donativos o subvenciones.
-Ingresos por el desarrollo de las actividades.
Artículo 30º: El patrimonio sera propio e independiente, con un presupuesto inicial de 70 mil euros.
Artículo 32º:
-Por sentencia judicial.
-Por lo que determine el Código Civil.
-Por cuerdo de las 2/3 partes de los socios.
Artículo 33º: La Junta Directiva efectuara la liquidación, enajenando los bienes sociales, pagando sus deudas, cobrando sus créditos y fijando el haber liquido resultante, que sera donado a una entidad con fines parecidos.
Grupo: Ander Gonzalez, Izabela Tatahashuili, Elena Smetana y Patricio Garcia.
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